miércoles, 1 de diciembre de 2010

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO

El procedimiento es el siguiente:
1.     Elegir un dominio.
2.     Verificar la disponibilidad del nombre del dominio deseando en algún registrador.
3.     Ingresar los datos personales.
4.     Elegir una cantidad de tiempo que el dominio permanezca restringido.
5.     Pagar el dominio normalmente con tarjeta de crédito (o también  por transferencia de banco).

Una vez comprado el ahora dueño del dominio (registrante) debe configurarlo como URL a la cual rediccionar, IP del servidor al que resuelve mediante DNS, servidor DNS usado, etc.
El dueño del dominio debe esperar un tiempo para que el dominio sea reconocido en todos los servidores de internet.
Para los dominios es (.com y net) la demora entre 4 y 8 horas, y para otros es generalmente entre 24 y 48 horas en este periodo.

TRAMITES

La solicitud para el otorgamiento del referido permiso deberá contener, en orden  de preferiencia, 5 posibles denominaciones sociales o razones sociales, con el objeto que la RSE designe el que se encuentra libre para su ocupación. Posterior a la concesión se deberá tramitar ante el fedatario publico, llamese notario o corredor, formalización de alta contitutiva de la sociedad la que deberá contener:
v Nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad.
v Objeto de la sociedad.
v Razón social o denominación.
v Duración
v Importe de capital social.
v Expresión de las aportaciones en dinero o en otros bienes, el valor de estos y el criterio seguido pasa a su valoración, cuando el capital sea variable.
v Domicilio de la sociedad.
v Forma de administrarse la sociedad y facultades.
v El nombramiento de las administraciones y la designación.
v Forma de distribución
v Casos de disolución anticipada.
v Base para liquidación.
v Etc.

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